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Becas impulsa
¿En qué consiste la beca Impulsa?
Las Becas Impulsa constan de un programa integrado para cubrir las necesidades económicas y académicas del estudiante, garantizando el desarrollo y el éxito universitario desde el primer día hasta la graduación. El estudiante que recibe la beca puede renovarla cada curso, siempre que supere la totalidad de los créditos matriculados en el curso anterior. Para los estudiantes que necesiten compaginar sus estudios con la actividad laboral o la atención familiar, se permite cursar la carrera a un ritmo adaptado, con una matrícula mínima de 30 créditos por curso (en lugar de los 60 créditos habituales), manteniendo plenamente los derechos de la beca.
Personalización y cobertura de los servicios adicionales
El estudiante recibirá un acompañamiento por parte del personal tutor o de orientación de la universidad para coordinar el seguimiento académico y el apoyo en la adaptación a la vida universitaria para prevenir el abandono académico. La beca comprende una cobertura de alojamiento para estudiantes que viven a más de 2 horas en transporte público y que tienen una situación de especial vulnerabilidad familiar. Asimismo, también se contempla la subvención del servicio de comedor en los campus universitarios y el renting de material informático.
Nuevas solicitudes
- Haber solicitado plaza en una de las titulaciones de grado de las facultades Blanquerna-URL.
- Demostrar necesidad económica para hacer frente al pago de la universidad (Haber solicitado la Beca Blanquerna)
- Acreditar un recorrido académico favorable que muestre la capacidad y el compromiso para cursar estudios universitarios.
- Será necesaria una entrevista con el director general de Blanquerna o con el decano de la facultad pertinente.
Una vez se ha solicitado plaza en una de las titulaciones de grado de las facultades Blanquerna-URL, hay que:
- Cumplimentar la solicitud adjuntando toda la documentación requerida a través de este enlace o bien entrando en SCALA: PortAL>Estudios de Grado>Solicitud de Ayuda Económica. Aquí tienes un tutorial por si te surge alguna duda durante el proceso.
Se accede con el nombre de usuario y la contraseña de SCALA. - Es importante mantener una entrevista con el estudiante que solicita la ayuda para valorar mejor todos los elementos de la situación que se expone. En caso de no hacerla, el Servicio de Ayudas Económicas podrá solicitar más documentación y, de ser necesario, se pondría en contacto con el estudiante por correo electrónico.
- La Comisión de Ayudas Económicas, después de estudiar cada solicitud, determinará la adjudicación o la denegación de la ayuda. La beca concedida será efectiva siempre que el estudiante supere las pruebas y condiciones de acceso a la titulación preinscrita y se matricule en una de las facultades Blanquerna.
- La resolución de la primera convocatoria de la beca se comunicará por correo electrónico, en un plazo de entre 15-20 días, después de la entrevista con el estudiante y con toda la documentación presentada. En cuanto a la segunda convocatoria, se comunicará por correo electrónico al estudiante a finales del mes en que se haya resuelto la solicitud.
Plazos:
- La primera convocatoria se inicia el 23 de noviembre de 2026 i finaliza el 30 de abril de 2027.
1.Carta de recomendación o aval institucional: Informe o carta de recomendación emitida por un centro educativo anterior (instituto, escuela de adultos, centro de formación profesional) o entidad social que avale el compromiso y el potencial del alumno/a.
2. Carta motivacional que explique la motivación del estudiante para cursar aquellos estudios
3. Fotografía.
4. Volante de convivencia del empadronamiento en el que consten todas las personas que conviven/residen con el solicitante, con una fecha máxima de 3 meses.
5. Declaración de la renta: en caso de haber hecho la declaración de la renta en el último año, copia completa de la declaración de la renta del año 2024 del solicitante y de todas las personas que convivan con el estudiante. A partir de junio de 2027, será imprescindible presentar la renta del año 2026. En caso de separación o divorcio, y con guardia y custodia compartida por los cónyuges, deberán presentarse las declaraciones de renta de ambas partes.
6. En caso de no tener que presentar la declaración de la renta, habrá que aportar:
- Certificado conforme no se ha presentado la declaración de la renta.
- Certificado de vida laboral.
- Certificado de ingresos y retenciones de todos los miembros de la unidad familiar en activo.
7. Nóminas: las dos últimas nóminas (las más recientes) del solicitante y de los familiares (padre, madre, hermanos, pareja...) que estén en activo y convivan con el estudiante.
8. Documentación de empresarios y autónomos: los empresarios o autónomos tendrán que adjuntar, además de su declaración de renta personal, documentación acreditativa del resultado de sus actividades y de las sociedades participadas. En concreto, hay que presentar la documentación que proceda de entre la siguiente:
- Impuesto sobre sociedades. Modelo 200 o 202.
- 4 últimas declaraciones del IRPF de las actividades económicas. Modelos 130, 131 o similares.
- 4 últimas declaraciones trimestrales del IVA. Modelo 303.
- Declaración anual del IVA. Modelo 390.
9. Prestaciones: certificación de los ingresos de la unidad familiar provenientes del paro y de pensiones (incapacidad, viudedad, orfandad...) o bien justificación de no percepción de estas prestaciones, en su caso. También, copia del período concedido del paro o de cualquier otra prestación, en su caso.
10. Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, en su caso.
11. Certificado de las últimas calificaciones de la titulación de acceso.
12. Otros documentos: cualquier otro documento que acredite la situación descrita en el impreso de solicitud.
Nota: la Comisión de Ayudas Económicas no valorará las solicitudes que no aporten toda la documentación solicitada de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de ser necesario para la valoración final, el Servicio de Ayudas Económicas se reserva el derecho a solicitar más documentación.
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